You can fool all the people some of the time, and some of the people all the time,
but you cannot fool all the people all the time.
(Abraham Lincoln)

sábado, 28 de enero de 2017

La demolición del ser humano

Jean Améry (escritor, superviviente de Auschwitz) narra despiadadamente su experiencia de la tortura infligida por la Gestapo y subraya cómo en el primer golpe se derrumban todos los sistemas de protección personal frente al miedo a la indefensión y al desamparo. Esa primera agresión corporal muestra la vulnerabilidad no sólo del ser humano, sino del optimismo humanista, pues la víctima pierde su fe en la dignidad innata y en la benevolencia.
Al forzar la confesión, el torturado vive su desfallecimiento como una traición a sí mismo que destruye tanto los referentes valiosos de su identidad como las piedras angulares de su mundo: amigos, familia y convicciones políticas y morales.
“El puño del [torturador] acaba con una parte de nuestra vida que nunca vuelve a despertar". Con ese uso del dolor el régimen totalitario pretende desmantelar la identidad personal del individuo y la capacidad de desobediencia civil del ciudadano. El verdugo emplea una estrategia de demolición de nuestro mundo. El torturado ni siquiera puede ya sentir el mundo como hogar. En definitiva, el tormento se convierte en una empresa de derribo de la casa íntima del ser humano. (Texto de Enrique Ocaña en su prólogo a “Lefeu o la demolición”, de Jean Améry, ed. Pre-textos).
 
Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (ONU, 1984).
A los efectos de la presente Convención, se entenderá por el término "tortura" todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia.
En ningún caso podrán invocarse circunstancias excepcionales tales como estado de guerra o amenaza de guerra, inestabilidad política interna o cualquier otra emergencia pública como justificación de la tortura.
No podrá invocarse una orden de un funcionario superior o de una autoridad pública como justificación de la tortura.

Todo Estado Parte velará por que todos los actos de tortura constituyan delitos conforme a su legislación penal. Lo mismo se aplicará a toda tentativa de cometer tortura y a todo acto de cualquier persona que constituya complicidad o participación en la tortura.

(foto Donald Trump en Efe)

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